Santa Fe15/02/2010 - Las defensas tendrán 10 días hábiles para apelar Difundieron este mediodía los fundamentos de la condena a Brusa y otros cinco represores
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El TOF condenó a los seis represores en diciembre. |
Los jueces del Tribunal Oral Federal de Santa Fe (TOF) entregó este mediodía a las partes CDs informativos con los fundamentos del veredicto en el juicio que se sigue a Victor Brusa y otros cinco represores. El 22 de diciembre pasado, en una jornada histórica para la Justicia santafesina, los seis represores fueron condenados a más de 20 años de prisión cada uno por haber cometido delitos de lesa humanidad contra un centenar de personas. A partir de ahora, las defensas tendrán 10 días hábiles para apelar el fallo ante la Cámara de Casación Penal. Fue sólo un trámite. Las partes no debieron escuchar horas interminables de fundamentos, sino que recibieron un CD con el veredicto de los jueces del TOF, que en diciembre del año pasado condenaron a seis santafesinos por haber cometido delitos de lesa humanidad contra un centenar de ciudadanos.
En un fallo unánime, los jueces Roberto Manuel López Arango (presidente), Andrea Alberto de Creus y Carlos Renna resolvieron en diciembre pasado rechazar los planteos de nulidad del proceso judicial, como también el planteo de inconstitucionalidad del mismo, ambos presentados por las defensas de Aebi, Brusa, Ramos y Facino. Con esto, el Tribunal rechazó el pedido de la querella de considerar los delitos de lesa humanidad en el marco de genocidio.
En ese sentido, las condenas de los seis represores fueron enmarcadas en delitos de lesa humanidad por tratarse de un plan sistemático de terrorismo de Estado. Esos delitos son: apremios ilegales, privación ilegítima de la libertad, tormentos, torturas, violencia y amenazas.
Así, la Justicia declaró culpable penalmente responsable de los delitos de apremios ilegales a Víctor Hermes Brusa y lo condenó a 21 años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua para ocupar cargos públicos.
Por otro lado, y también por los delitos de privación ilegítima de la libertad y amenazas, fue condenado a 22 años de prisión Juan Calixto Perizotti; también inhabilitado para ocupar cargos públicos.
María Eva Aebi, por su parte, fue condenada a 19 años de prisión por los delitos de privación ilegítima de la libertad, violencia y amenazas.
En cuanto a Mario Facino, el Tribunal Oral lo consideró culpable por los delitos de privación ilegítima de la libertad, amenazas y tormentos, por lo que lo condenó a 20 años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua para ocupar cargos públicos.
Además, Héctor Colombini fue condenado a 23 años de prisión por los delitos de privación ilegítima de la libertad, violencia y amenazas; y Eduardo Curro Ramos recibió la misma condena por delitos de privación ilegítima de la libertad agravada por amenazas.
Las costas del proceso fueron adjudicadas a los condenados.
La sentencia fue la primera en la provincia en este tipo de causas, vinculadas a la represión ilegal en el período 1976 – 1983 y pudo verse en vivo en la sala montada en el Juzgado Federal de Santa Fe, ubicado en 9 de Julio y Monseñor Zaspe, y también por la página web del gobierno de la provincia, publicó Notife.
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